La nueva Ley hipotecaria encarece y complica el acceso a la vivienda. Ahora más que nunca es imprescindible un Asesor Financiero que te garantice la posibilidad de conseguir una hipoteca.

Los recientes cambios y los que se aprobarán en junio de 2019 en las condiciones hipotecarias mejoran «la seguridad jurídica» y contribuirán a reducir la alta litigiosidad en el sector, pero no te dejes liar, porque como efectos colaterales traen una mayor dificultad y el endurecimiento del acceso a la vivienda.

 

La nueva Ley Hipotecaria entrará en vigor a partir del 16 de junio de 2019 y te presentamos un breve resumen de aquellos puntos en los que afectará directamente:

  • Una de las novedades más relevantes de la nueva Ley Hipotecaria es que una de las obligaciones de los Bancos es asegurarse de que el cliente es solvente.

“El prestamista deberá consultar el historial crediticio del cliente acudiendo a la Central de Información de Riesgos del Banco de España, así como a alguna de las entidades privadas de información crediticia en los términos y con los requisitos y garantías previstos legislación de protección de datos personales. En caso de que el prestamista conceda el préstamo, podrá comunicar los siguientes datos a las oficinas privadas de información crediticia: importe original, fecha de inicio, fecha de vencimiento, importes pendientes de pago, tipo de préstamo, garantías existentes y valor al que estas alcanzan, así como cualquier otro que establezca la persona titular del Ministerio de Economía y Empresa”

  • El Banco solo podrá cobrar aquellos servicios que pueda acreditar que realmente ha prestado.
  • Las hipotecas desde la entrada en vigor de la Ley están gravadas en lo que respecta al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados al 0%
  • Los deudores de la deuda con garantía hipotecaria solo tendrán que pagar los gastos de tasación.  La Sociedad de Tasación tiene que estar reconocida por el Banco de España. A partir de ahora el consumidor y la entidad financiera podrán optar entre una Sociedad de Tasación y un profesional homologado.
  • Las conocidas como “cláusulas suelo” están prohibidas.
  • La ejecución hipotecaria solo podrá iniciarse (1) en la primera mitad del plazo inicialmente pactado, tras el impago de 12 cuotas o bien, que el importe de las cuotas impagadas supongan el 3% de la deuda hipotecaria inicial.  Y en la segunda mitad, tras el impago de 15 cuotas o el 7% de la deuda hipotecaria.
  • Comisiones: Para las hipotecas con interés variable, se establece un límite máximo del 0,25% durante los 3 primeros años de la hipoteca. Este importe se reduce al 0,15% a partir del cuarto año. Para las hipotecas con interés fijo, se fija un límite máximo de 2% durante los primeros 10 años y un 1,5% a partir de esos 10 años.
  • El interés de demora máximo para las hipotecas nuevas queda fijado en un 3% para las hipotecas nuevas y en un 2% para las hipotecas antiguas.
  • El deudor hipotecario puede cambiar de Banco o cambiar las condiciones de su hipoteca, cuando quiera y sin devengar costes adicionales. El cambio de una hipoteca variable por una fija, nunca podrá devengar una comisión superior a un 0,15%.

 

Resumen de las características de los cambios en la ley Hipotecaria:

  • Mayores gastos de constitución de hipotecas soportados por los prestamistas.
  • Límites a las comisiones máximas por amortización anticipada en los contratos a tipo fijo.

Consecuencia casi inmediata y predecible:

  • aumento de los tipos de interésde los préstamos a tipo fijo.

Precisamente las diferentes entidades financieras llevan meses promoviendo entre sus clientes las bondades y beneficios de contratar préstamos con tipo fijo de interés

En la última ley hipotecaria aprobada en el pasado marzo 2019 la realidad de la banca ha sufrido modificaciones que afectan a los importes que hasta ahora facturaban. Ahora la carga de los costes de gestoría, notaría y registro recae sobre la banca y se reduce al 0,25% la comisión por amortización de las hipotecas a tipo variable y al 2% en las de tipo fijo para favorecer la reducción de deuda por parte de los hogares.

¿Cómo afectará las modificaciones de la Ley Hipotecaria a los usuarios?

  • Encarecimiento de la financiación.
  • Endurecimiento de las condiciones crediticias.
  • Reducción de las posibilidades de acceder a la financiación por parte de los grupos de riesgo como jóvenes, personas con rentas bajas, inseguridad laboral…
  • Requisitos más estrictos de evaluación de la solvencia del prestatario.

Ahora sí que es el momento de contactar con Hispalis Nervión. Con nosotros podrás optar a las mejores condiciones de financiación sin que la edad o tu renta suba los intereses. No renuncies a tu casa ¡Te está esperando!