Las dificultades para el acceso a la vivienda de los jóvenes son cada vez mayores. Subidas de tipos de interés, falta de estabilidad laboral y sueldos reducidos provocan una limitada capacidad de ahorro y más cuando se vive de alquiler.
Por su parte, los Bancos obligados por normativa no conceden por lo general hipotecas por importe superior al 80% del valor de compra o tasación de la vivienda, por lo que para conseguir la financiación es necesario contar con recursos de al menos el 15% del valor de la vivienda más los gastos de compra que pueden alcanzar otro 10% . En resumen, se necesita el 25% de recursos propios (ahorros) del precio de la vivienda para conseguir su financiación.
Es obvio que la compra de vivienda se hace muy difícil sino imposible ante la falta de posibilidades para acceder a la financiación hipotecaria.
Ayudas para el acceso a la financiación hipotecaria en Andalucía y España
En Andalucía existen dos tipos de ayudas: fiscales y avales.
Las ayudas fiscales son para los menores de 35 años que compren su vivienda habitual en Andalucía y cuyo valor no supere los 150.000 €. Consisten en aplicar un gravamen reducido del 3,5% al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales frente al tipo general que es del 7%, de este modo se reducen los gastos de compra. Sin duda es una ayuda, pero se queda muy corta cuando no existen ahorros o estos son mínimos.
Las ayudas en forma de avales de la Junta de Andalucía tienen los mismos destinatarios, menores de 35 años residentes en Andalucía, y consisten en que la Junta avala el 15% de la hipoteca. De este modo el Banco con este aval podrá aumentar el porcentaje de financiación del 80% al 95% del precio de la vivienda.
Las ayudas del Estado a través del ICO también son en forma de avales del 20% del valor de la vivienda con lo que se alcanza el 100% para la hipoteca pero sin los gastos.
Requisitos generales para el acceso a estas ayudas
- Tener menos de 35 años. En el caso de los avales ICO también se contempla tener menores a su cargo.
- No poseer una casa en propiedad.
- Destinar el inmueble a primera vivienda y residencia habitual.
- Tope de ingresos en el caso del ICO de 4,5 veces el IPREM por cada titular de la vivienda a adquirir.
- No tener deuda con Hacienda ni Seguridad Social.
- Demostrar solvencia para pagar las cuotas de la hipoteca.
¿Realmente ayudan estas ayudas para la compra de vivienda?
Tengamos en cuenta que la cuota mensual de una hipoteca del 95 o 100%% es superior a la de una del 80%, y que aunque el aval provenga de la Administración Pública, el que aprueba o no la operación es el Banco que la analizará con lupa ya que tiene que tener claro los motivos por los que el solicitante no han tenido capacidad de ahorro, tendrá muy en cuenta la estabilidad laboral y sobre todo el ratio de esfuerzo deberá ofrecer una amplia capacidad de pago de la cuota mensual.
Aunque parezca paradójico y pese al aval público, estas operaciones en algunos casos puede que sean catalogadas por los bancos como de mayor riesgo, lo que implica que ofrezcan tipos superiores respecto a las operaciones corrientes.
¿Por qué es importante contar con un Asesor financiero hipotecario?
El Asesor o Intermediario financiero hipotecario tiene un mayor acceso a las entidades financieras y a estos programas y solicitudes de ayudas públicas, que no dejan de ser complejas. Por tanto, las posibilidades de conseguir la operación son superiores, además de ganar en trasparencia y seguridad en todo el proceso.
Tambiém debemos tener en cuenta que los fondos destinados a estos programas son reducidos, así que en el caso de no conseguir el aval público con nosotros podrá conseguir porcentajes de financiación superiores al 80%.
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